Aprende a registrar tu canción paso a paso

Por qué es importante registrar tus canciones
Si eres artista o un compositor y quieres proteger tus obras para asegurarte de recibir beneficios por su uso, registrar tus canciones es algo fundamental. En el entorno digital actual la música está compartiéndose constantemente y asegurarte de que tus derechos de autor están protegidos es más importante que nunca. De esta forma, no solo consolidas tu papel como autor, sino que también es una prueba legal en caso de que tengas alguna disputa por plagio o porque alguien usa de forma indebida tus creaciones.
No solo estás protegiendo tu propiedad intelectual, sino que este registro va a permitir que puedas monetizar tus trabajos musicales. El registro incluye derechos de reproducción, distribución digital y el uso en medios como televisión o cine. Sin realizar este registro formal, va a ser muy difícil que puedas hacer valer estos derechos ante terceros, corriendo el riesgo de perder ingresos que te pertenecen de forma legítima.
Existe la falsa creencia de que registrar una canción es un proceso complicado y caro, pero lo cierto es que hay opciones accesibles y sencillas en España para que puedas llevarlo a cabo de forma sencilla. A día de hoy, existen entidades tradicionales como la SGAE, pero también plataformas digitales como Safe Creative. En definitiva, disponemos de soluciones que se adaptan a diferentes necesidades, niveles de experiencia y presupuestos.

Paso a Paso: Cómo Registrar una Canción en España
Una vez que has finalizado tu canción (ya sea en partitura o como grabación) debes elegir el método de registro. La opción más conocida es a través de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). Pero no es la única opción de la que disponemos, sino que, como ya hemos mencionado anteriormente, existen alternativas digitales que también ofrecen una protección legalmente válida.
En el caso de SGAE, tienes que darte de alta como socio, rellenar un formulario de registro de obra y adjuntar el archivo de tu canción. También debes enviar una copia física o digital de la grabación y pagar una tasa administrativa. Todo el trámite se puede hacer online o de forma presencial en alguna de sus oficinas (repartidas por toda España).
Las plataformas digitales como Safe Creative permiten un registro más ágil y más económico. Solo es necesario que crees tu cuenta, subas tu obra y elijas el tipo de licencia. A diferencia de la SGAE, no ofrecen gestión de cobros, pero proporcionan un certificado con sello de tiempo, la mejor opción si quieres publicar una canción en redes sociales o plataformas de streaming, y demostrar que tú eres el autor original de la obra.
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SGAE vs. Safe Creative: Pros y contras
La SGAE es la entidad más antigua y reconocida que existe en España para la gestión de derechos de autor. Ofrece una estructura sólida para la recaudación de royalties, sobre todo si tu música se va a ser explotada comercialmente a gran escala (por ejemplo, en medios masivos o interpretada públicamente). Además, gestiona los derechos en España y en el extranjero, gracias a los acuerdos que mantiene con entidades similares de otros países.
Los principales problemas que tiene la SGAE es que todo el proceso tiene más “burocracia”, es necesario que pagues una cuota inicial de inscripción, y sus comisiones pueden ser bastante elevadas (puede no ser rentable para artistas que están empezando). Además, la tramitación puede tardar varias semanas, lo que puede ser un inconveniente si necesitas registrar tu obra con cierta urgencia.
Por otro lado, Safe Creative destaca por su inmediatez, bajo coste y facilidad de uso. Si eres un músico independiente que quiere registrar su obra rápidamente y sin papeleo, sin duda es la mejor opción. El certificado digital que emiten tiene plena validez legal y puede usarse en juicios para demostrar la autoría de tus obras musicales. Sin embargo, no ofrece representación legal directa ni gestión de cobros a gran escala, por lo que, si buscas monetizar por reproducción pública, no llega a reemplazar completamente a una entidad de gestión como la SGAE.
Documentación, costes y tiempos de registro
Para registrar una canción vas a necesitar una copia de la obra (audio o partitura), tus datos personales (DNI o NIF), y los porcentajes de participación, en caso de que haya varios autores en la misma obra. En el caso de SGAE, también es necesario que rellenes algunos formularios específicos para la obra musical, y aceptar sus términos y condiciones como entidad gestora de los derechos.
El coste del trámite varía según la entidad. La SGAE va a cobrarte alrededor de 15-20€ por obra registrada y una cuota inicial de socio (que ronda los 15€ adicionales). En el caso de Safe Creative, se ofrecen registros gratuitos con funciones limitadas y planes desde 7€ por obra. Estos últimos tienen funciones adicionales, como la gestión de licencias y pruebas ampliadas de la autoría.
En cuanto a los plazos de registro, son más rápidos en plataformas digitales (registro inmediato con generación automática del certificado), mientras que en la SGAE el trámite puede tardar entre 1 y 4 semanas, dependiendo de la carga administrativa (una variable que no vas a poder controlar…). Es fundamental que conserves el comprobante del registro, ya que sirve como prueba en caso de que tengas alguna disputa legal.

Qué protege, qué no protege y cómo complementarlo
El registro protege la autoría y los derechos patrimoniales de tus canciones, incluyendo letra, melodía, armonía y estructura musical. Esto es lo que permite al autor decidir cómo, cuándo y dónde se va a utilizar su obra, así como recibir ingresos por su explotación en cualquier tipo de formato. Esta protección también incluye arreglos musicales, pero deben indicarse adecuadamente en el formulario de registro.
Sin embargo, hay elementos que no se protegen. El registro no cubre ideas musicales que no se hayan materializado en un formato concreto. Tampoco protege estructuras armónicas genéricas o el estilo a la hora de interpretar, ni el nombre artístico del autor. Si necesitas proteger estos elementos es necesario realizar registros complementarios, como el de marca comercial para tu nombre artístico, o contratos de producción para grabaciones.
Es necesario tener en cuenta que registrar una canción no impide que alguien la utilice ilegalmente. Pero sí que proporciona las herramientas legales para presentar una reclamación, exigir la retirada inmediata del contenido o incluso llevar a cabo acciones judiciales. Gracias al sello de tiempo y al certificado de registro puedes demostrar de forma precisa la fecha en que se creó la obra y su autoría.
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Registrar la letra, la música y la producción por separado
Es común que existan dudas a la hora de saber si se puede registrar solo una parte de la canción, como la letra sin la música, o al revés. Lo cierto es que sí que es posible registrar la letra como obra literaria, mientras que la música se puede registrar como obra musical sin texto. De llevarlo a cabo de esta forma, en el futuro podrías unir ambos registros en uno solo, si terminas completando la canción.
Este formato de registrar la obra por partes puede serte útil si estás colaborando con otros artistas, o si tu canción todavía no está completa. Por ejemplo, un letrista puede registrar su parte mientras el compositor podría hacer lo mismo solo con su música. En el caso de obras conjuntas, es fundamental que los porcentajes de autoría queden perfectamente detallados, para evitar malentendidos futuros.
A la grabación final que se va a distribuir (es decir, la producción) se le atribuye otro tipo de derecho. Si tú mismo produces tu canción, puedes registrar esa grabación como fonograma en entidades como AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales). Si trabajas con un productor externo, deberías establecer por contrato a quién pertenece la grabación, ya que esto afectará los ingresos por distribución en plataformas como Spotify.